La custodia compartida, es una figura jurídica que se utiliza cuando dos personas con hijos en común se divorcian y llegan a un arreglo para poder seguir compartiendo tiempo de calidad con sus hijos, a pesar de que alguno de los padres ya no viva con ellos de forma permanente. Cabe aclarar que en Colombia, hasta el momento no existe una ley que regule la custodia compartida.
Como solicitar la custodia compartida en Colombia
Si la custodia compartida va a ser solicitada de común acuerdo por los dos padres, pueden dirigirse a cualquiera de las instituciones que mencionamos a continuación:
- Centro zonal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) del lugar donde reside el menor de edad.
- Comisaria de familia del lugar de residencia del menor de edad.
- Notaría.
- Un centro de conciliación legalmente autorizado.
- Defensoría del pueblo.
En el caso en que los padres no logren ponerse de acuerdo en la regulación de la custodia compartida y los cuidados personales compartidos del hijo en común, deberán realizar la solicitud de la custodia compartida ante un juez de familia. El juez de familia solicitara pruebas a cada padre de la idoneidad para hacerse cargo del menor y según la edad de este, puede pedir su opinión sobre el acuerdo de compartir su custodia con ambos padres.
Para realizar este trámite ante un juzgado, lo aconsejable es que te asesores de un abogado de familia.
Tipos de custodia compartida en Colombia
Aunque como se menciono anteriormente, en Colombia no existe una ley que regule la custodia compartida, según las condiciones económicas, laborales y el tiempo disponible de cada uno de los padres para compartir tiempo con el menor de edad, de común acuerdo o mediante el fallo de un juez de familia, se pueden acordar los siguientes tipos de custodia compartida:
- Custodia compartida mixta: En este tipo de custodia, uno de los padres se hará cargo del menor de lunes a viernes y el otro los fines de semana y la temporada de vacaciones. Teniendo en cuenta que todas las decisiones a tomar relacionadas con el menor, serán tomadas en conjunto.
- Custodia legal conjunta: En este caso se le otorga la custodia física a uno de los padres, es decir el menor de edad vivirá de forma permanente con uno de los dos padres, pero las decisiones medicas, educativas, religiosas, entre otras, serán tomadas de forma conjunta.
- Custodia compartida física: Los menores viven la misma cantidad de tiempo con cada uno de los padres, pueden ser meses o alternarse cada año. Igualmente comparten responsabilidades en la toma de decisiones que afecten la vida del menor. Para que no exista una alteración en el estilo de vida del menor de edad, los padres deben vivir en la misma ciudad.
En que casos se deniega la custodia compartida
En algunos casos las autoridades judiciales encargadas de regular la custodia compartida, en este caso el juez de familia, determinaran que esta, no es la mejor opción para el bienestar del menor de edad. Entre las causas de la negación de la custodia compartida están:
- La condición económica de uno de los padres, que no permite mantener el estilo y condiciones de vida del menor.
- Si el hijo manifiesta que no quiere una custodia compartida.
- La estabilidad emocional de uno de los padres.
- El desempeño de su rol como madre o padre hasta el momento de solicitar la custodia conjunta.
Estos son algunas de las causales de negación, ya que el juez puede tener en cuenta pruebas aportadas, testimonios de los hijos y los conceptos aportados por la trabajadora social que interviene en el proceso.
Posterior a esto el mismo juez será el encargado de adjudicar la custodia al padre o la madre, establecer el régimen de visitas y fijar una cuota alimentaria.
Sentencia de custodia compartida en Colombia
A partir de la sentencia T-384 de 2018 de la corte constitucional de Colombia, se reconoce que aunque en Colombia no existen leyes que regulen la custodia compartida, los padres pueden llegar a acuerdos que involucren la custodia compartida siempre y cuando tengan la obligación del cuidado personal, crianza y educación de los hijos comunes menores e impedidos.
Esta sentencia fue el punto de partida, para que la prioridad en la asignación de la custodia de menores de edad de padres separados fuera la custodia conjunta o compartida. Esto teniendo en cuenta que para un desarrollo adecuado del menor de edad, se necesita la presencia del padre y la madre, así no convivan bajo el mismo techo.
La sentencia busca promover un crianza en la que estén presentes los dos padres, siempre y cuando se cumplan las condiciones físicas, económicas y emocionales que garanticen el cumplimiento de los derechos de los menores de edad.